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Lavado I: la Justicia provincial dictó la prisión preventiva para cuatro de los imputados
Fuente CHACO DÍA POR DÍA
Chaco - Policiales
Fuente CHACO DÍA POR DÍA - 05/04/2018 06:17:00
En la noche de este miércoles, la Procuraduría General dio a conocer el dictado del auto de Prisión Preventiva, en contra de Héctor Horacio Rey, Roberto Marcelo Lugo, Gustavo Alejandro Katavich y Paulo Andrés Buttice, todos ellos ex funcionarios del Ejecutivo chaqueño, que fuera resuelto por el equipo de fiscales que interviene en la causa.
El pronunciamiento señala a Rey, con variados fundamentos, “como jefe de una ‘Asociación Ilícita'”, con la participación de Buttice y Katavich. Y a Roberto Lugo por, “ejercicio abusivo de sus funciones, oportunidad en que también se habría apoderado de dichos fondos al ingresar al patrimonio del mismo”, entre otros cargos La imputación de presunta Asociación Ilícita En el caso de Héctor Horacio Rey, en su carácter de funcionario público a cargo de la Secretaría General de Gobierno y Coordinación de la Provincia, desde el 10 de diciembre de 2015 y hasta el 9 de marzo de 2018, se le imputa que, “habría efectuado contrataciones directas en pautas publicitarias con entidades o empresas fantasmas que no prestaron los servicios contratados”. Contando para ello con, “la Aprobación de Certificación de Servicio suscripta por el subsecretario de Comunicación y Medios, Paulo Andrés Buttice, y con el visto bueno en el sistema informático del Fideicomiso de Administración de Pauta Publicitaria Oficial (FAPPO), del cual la Secretaría – que se encontraba a cargo de Rey – era Fiduciante y Autoridad de Aplicación, omitiendo el cumplimiento de lo previsto por la Ley Nº 1186-D (antes Ley 5005) y Decreto Reglamentario Nº 1899/03″. Pero, además, “contando asimismo con la colaboración de Gustavo Alejandro Katavich, funcionario de la Fiduciaria del Norte afectado a FAPPO, para acelerar la firma de los contratos y la ejecución de los pagos, logrando de esta manera la transferencia de fondos desde la Fiduciaria del Norte a estas empresas fantasmas”. Al respecto, señala entre las beneficiarias de tales maniobras a, “Comunicaciones y Servicios SRL y Publiciar SRL – entre otros -, entre cuyos ex socios figuraba Katavich, contribuyendo así al apoderamiento de terceros de los fondos del erario público, acción que ejecutaba en el marco de una Asociación Ilícita en la que actuaba (Rey) como jefe de la organización“. La resolución judicial también apunta señalando que, “durante el transcurso de los años 2016 y 2017, Rey dictó resoluciones aumentando sin justificación alguna, desde la Secretaría General de Gobierno y Coordinación, los fondos de afectación del Fideicomiso de Administración de Pauta Publicitaria Oficial (FAPPO) en un porcentaje que va del 100 al 300 por ciento, desviando de esta manera fondos del erario público”. Además, establece que este funcionario, “habría celebrado contratos y ordenado pagos a favor de su cónyuge, Susana Beatriz Fernández, no obstante la prohibición legal establecida, haciendo en forma dolosa ejercicio abusivo de sus funciones, oportunidad en que también se habría apoderado de dichos fondos al ingresar los mismos al patrimonio conyugal e intervenir en forma interesada en su beneficio y de un tercero en el contrato en el que interviene en razón de su cargo”. “Igualmente en su carácter de funcionario público, (Rey) habría emitido órdenes de pago a favor de su cuñado, Ismael Ángel Fernández, no obstante la prohibición legal establecida, haciendo en forma dolosa ejercicio abusivo de sus funciones; oportunidad en las que también habría facilitado el apoderamiento de dichos fondos de parte de terceros e intervenir en forma interesada en su beneficio y de un tercero en el contrato en el que interviene en razón de su cargo”. El rol de Buttice y Katavich Sobre Paulo Andrés Buttice – a cargo de la Subsecretaría de Comunicación y Medios de la Provincia durante los años 2015, 2016 y 2017 – asegura que, “se habría apartado de la normativa legal que por su función debía observar, omitiendo su cumplimiento como autoridad”. Fundamentando tal omisión, “al no controlar ni verificar la existencia y cumplimiento de los requisitos legales de los proveedores de pautas publicitarias oficiales con quienes la Secretaría General de Gobierno celebraron contratos de publicidad”. Y “procediendo Buttice, asimismo, a insertar datos falsos en la Aprobación y Certificación de Servicios que emitía por escrito y suscribía solicitando a FAPPO el pago del servicio que no había sido prestado a proveedores como Comunicaciones y Servicios SRL y Publiciar SRL – entre otros -“. En ambos proveedores, señala a Gustavo Alejandro Katavich como ex socio y siendo funcionario de Fiduciaria del Norte SA afectado a FAPPO. Y al que señala, “insertando igualmente datos falsos en el sistema informático de FAPPO, facilitando a través de estas maniobras, como miembro de una Asociación Ilícita y con la intervención activa” de Rey. Y con la particularidad, “al retiro de parte del mismo funcionario”, Katavich, “de cheques emitidos por Fiduciaria del Norte al momento de hacer efectivo el pago”. “Concretándose así la maniobra de defraudación”, reza el escrito en un cuerpo cercano a las 90 fojas. Los cargos contra Lugo Por último, “el imputado Roberto Marcelo Lugo, en su carácter de funcionario público a cargo de la Subsecretaría de Comercio y Servicios de la Provincia”… “se habría apartado de la normativa legal prevista en el Decreto Nº 3566/77, Decreto 692/2001, art. 4. 4 acápite A, que por su función debía observar, omitiendo su cumplimiento apartándose de la misma”. Argumentando, respecto a este proceder, “a ser beneficiario de pagos dispuestos a su favor por otros Ministerios en los que no presta servicios, no obstante la prohibición legal establecida, haciendo en forma dolosa, en esas oportunidades, ejercicio abusivo de sus funciones, oportunidad en que también se habría apoderado de dichos fondos al ingresar al patrimonio del mismo e intervenir en forma interesada en su beneficio y de un tercero en el contrato en el que interviene en razón de su cargo”. “Igualmente se habría apartado de la normativa legal prevista en el Decreto 3566/77, decreto 692/2001, Art. 4.4 acápite A, que por su función debía observar, omitiendo su cumplimiento ante la existencia de pagos como proveedora del Estado a Mónica Yaczuk, pareja de Lugo, titular de la firma Finza S.A. y a su vez titular del vehículo que utiliza el imputado para su comisión de trabajo, no obstante la prohibición legal establecida”, agrega. “Haciendo en forma dolosa ejercicio abusivo de sus funciones, oportunidad en que habría beneficiado a su pareja interviniendo en forma interesada en su beneficio y de un tercero en el contrato en el que interviene en razón de su cargo, todo conforme planillas obrantes en las presentes actuaciones y resoluciones del Ministerio de Industria, Comercio y Servicios que autorizaba el reintegro de gastos en concepto de viáticos”, explica la resolución del cuerpo de fiscales difundida por la Procuraduría General del Poder Judicial del Chaco.
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