Del borrador de la ley Bases surge que la fórmula de movilidad será "mt = Var. mensual IPC t-2". Esto significa ajustar por la inflación corrida entre los dos meses anteriores.
Además, los haberes se actualizarán "mensualmente" y que se comenzaría a instrumentar a partir del 1° de abril.
A su vez, el texto aclara que "en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario", ya que en caso que la inflación se estabilice, como prevé el gobierno, puede llegar a mostrar deflación en algún mes.
Asimismo, el Gobierno propuso que en abril además de la fórmula de movilidad por IPC, se agregue un 10% adicional de recomposición por la licuación de haberes que se dio entre diciembre y marzo.
"En abril de 2024, la actualización se calculará en base a la siguiente formula: mt=Var porcentual IPCt-2 + 10 %", detalla el texto. De esta manera, el aumento del cuarto mes del año sería 23,2%.
Además, el boceto aclara que en el caso de que la fecha de entrada en vigencia de ley Bases sea posterior al 1° de abril de 2024, "el pago de las sumas resultantes será cancelado conforme el cronograma que determine la ANSES".